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Herramientas de trabajo |
Artículo 35-1
Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
Artículo 37-1
La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante entre los convenios.
No soy ningún experto en la materia, pero si yo he sentido la necesidad de consultarlos y compararlos con la nueva reforma laboral, imagino que, los expertos que tenemos, también habrán tenido la curiosidad por contrastarlos, y lo estarán haciendo, espero, nuestros representantes.
A la vista de ello, y tomando solo lo más evidente, con la nueva reforma, no creo que, en la inmensa mayoría de los casos, mil euristas, o menos mil euristas, lo de la "remuneración suficiente para satisfacer las necesidades de la familia", está bastante complicado. El coste de la vida sigue subiendo, no solo los impuestos, sino las necesidades básicas, agravado con la potestad que se le da a los empresarios de reducir jornadas y remuneraciones.
Y referente al artículo 37-1, creo que se lo han cepillado de un plumazo. ¿Alguna de estas medidas pueden ser inconstitucionales?, alguien tendrá que decir algo al respecto.
Lo dejo al buen entender de cada cual.
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